Blog dedicado al estudio de la democracia en todos sus aspectos, pero centrándose en los formales, es decir, en el estudio de los sistemas políticos que aspiren a lograrla.

jueves, 28 de mayo de 2009

Plataforma para la refoma del Artículo 99 de la Constitución Española


Desde hace 30 años, los españoles no tenemos más derecho político que el de acudir a las urnas legislativas a escoger entre listas de partido en las que apenas conocemos a nadie, más allá del candidato a Presidente; en medio de campañas emponzoñadas por el chantaje emocional de la apelación al voto útil, que nos arrastra al bipartidismo galopante. Luego, tras los mercadeos entre líderes partidarios en los pasillos del Congreso para investir al Presidente del Gobierno, hemos de soportar durante cuatro años la inseparación de los Poderes del Estado, con repugnantes doctrinas judiciales de protección especial a las clases privilegiadas; el poder político único, omnímodo e impune post-franquista; el transfuguismo de diputados corruptos, los escándalos en retorcidas investiduras presidenciales que secuestran la voluntad popular; la proliferación de partidos bisagra sin otro fin que la compraventa de cargos; la sobrevalorada influencia de los partidos nacionalistas, su exigencia de nuevas competencias autonómicas a cambio de la investidura presidencial, que conduce al federalismo imparable; el inconstitucional mandato imperativo del Presidente del Gobierno al Parlamento con sus oportunistas decretos-ley y los subsiguientes rodillos legislativos parlamentarios; y la supeditación del poder político al poder financiero, porque éste lo sustenta de facto a fondo perdido. La solución a todos estos problemas es imponer la independencia de Poderes del Estado, y se consigue por el sencillo procedimiento de que sea el Pueblo Español el que elija al Presidente del Gobierno en una segunda vuelta en las urnas, en vez del Parlamento.

Los miembros de la Plataforma Cívica para la Modificación del Artículo 99 de la Constitución Española proponemos el siguiente redactado del mismo y exigimos su inmediata aprobación por las Cortes españolas sin tocarle ni una coma. ¡Se acabaron los subterfugios para sostener la partitocracia contra el interés del Pueblo Español!:

99.1.- El Presidente del Gobierno será elegido por el pueblo español una semana después de las elecciones al Congreso en una segunda vuelta electoral, en circunscripción única nacional, entre los candidatos de los dos partidos, federaciones, agrupaciones o coalición de electores, más votados en las elecciones al Congreso. Será designado Presidente electo, por la Junta Electoral Central, el candidato que haya obtenido mayor número de votos populares en esta segunda vuelta. El Presidente electo dejará inmediatamente de ser Diputado, cediendo su Acta al primer candidato no electo incluido en la lista electoral en la que aquél hubiere concurrido a las elecciones al Congreso .

99.2. El candidato electo será investido Presidente del Gobierno ante el Rey y con la asistencia del Presidente del Congreso y del Tribunal Supremo. La investidura facultará al Presidente del Gobierno para el ejercicio de la función ejecutiva, en la que actuará con total independencia, limitándose al fiel y exacto cumplimiento de las Leyes aprobadas por las Cortes Generales, que vinculan y obligan al Poder Ejecutivo sin que éste pueda oponer veto alguno, ni siquiera suspensivo. El Presidente del Gobierno elegirá libremente a los Ministros, que en ningún caso podrán ser miembros del Poder Legislativo o Judicial.”

99.3. Al Gobierno corresponde la potestad reglamentaria. En ningún caso las Cortes Generales podrán delegar en el Gobierno la facultad de dictar normas con rango de Ley. El Congreso, con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus miembros, podrá disolver simultáneamente los Poderes Ejecutivo y Legislativo y convocar nuevas elecciones. La misma facultad corresponderá también al Presidente del Gobierno.

99.4.- Los Títulos III, IV, V, VI y VIII se interpretarán de conformidad con el principio de separación e independencia de los Poderes del Estado.

¿Quién se atreverá a negarnos este derecho? ¿Qué partido, qué estamento, qué cúpula de poder se opondrá a que el Pueblo ejerza su soberanía inalienable? Estemos todos bien atentos a sus negativas, sus argucias dialécticas para abortar nuestro derecho. Ningún político que niegue el Poder Soberano del Pueblo Español debiera recoger un solo voto más de los españoles decentes.

Plataforma Artículo 99